miércoles, 6 de julio de 2011

Prohibición del rubro 59: nuevas mentiras kirchneristas

La Presidenta Cristina Fernández de Kirchner acaba de firmar un decreto, mediante el cual se prohíben los avisos con oferta sexual, el famoso "Rubro 59" de los clasificados en la prensa. La jefa de Estado firmó esta norma durante un acto en donde anunció la necesidad de aplicar medidas contra la trata de personas.

Cristina hizo aquí lo mismo que en otras ocasiones: aparecer impulsando políticas supuestamente progresistas, cuando en realidad estas son solo máscaras detrás de las cuales se ocultan los verdaderos lineamientos, que son reaccionarios.

Es que el gobierno ya hace rato que ha resuelto una política sobre el particular, sin afectar en nada a los grandes intereses que lucran con este negocio siniestro. Fue durante el año 2008, cuando por iniciativa del oficialismo, el parlamento sancionó una Ley de Trata de Personas que reduce las penas que existían.

La norma fija penas de 3 a 6 años a quienes realizan trata de perso¬nas mayores, cuando, de no existir la ley se estaría aplicando el artículo 142 bis del Código Pe¬nal, que impone la “prisión o reclusión de cinco (5) a quince (15) años, al que sustrajere, retuviere u ocultare a una persona con el fin de obligar a la víctima o a un tercero, a hacer, no hacer o tolerar algo contra su voluntad. Si el autor lograre su propósito, el mínimo de la pena se elevará a ocho (8) años”.

La ley K establece una diferencia entre las víctimas meno¬res y mayores de 18 años, debiendo estas últimas probar que no prestaron consen¬timiento para ser sometidas. En el caso de que se compruebe que una persona mayor fue esclavizada, las penas son ínfimas, apenas 3 años de prisión, lo que hace que sean excarcelables.

También modifica el artículo 145 del Código Penal, al aplicar una sanción para quien “captare, trasportare o trasladare, dentro del país o desde o hacia el exte¬rior, acogiere o recibiere personas”. De esta manera protege a los organizadores de la trata, sancionando solo a los que hacen el trabajo sucio. Pueden ser encarcelados los empleados de los prostíbulos pero no los dueños, mucho menos los funcionarios y la policía que los apoyan y protegen.

Argentina es el único país de Latinoamé¬rica en aplicar una pena mínima excarce¬lable al delito de trata. Ahora, con la sanción del decreto que prohíbe la publicidad de la prostitución, Cristina no toma ninguna medida concreta que afecte el negocio, sino una decisión de carácter cosmético para quedar bien parada frente a las elecciones y mantener la una legislación de carácter reaccionario.

La trata de personas y en especial la trata sexual, es la esclavitud del siglo XXI. Según la Organización Internacional del Trabajo existen cerca de 12.3 millones de adultos y niños en trabajos forzados, dentro de los cuales, las mujeres consti¬tuyen el 56%. Por lo menos 1.39 millones de mujeres y niñas son víctimas del comercio y la ex¬plotación sexual, un negocio que mueve 32.000 millones de dólares en el mundo, solo superado por el narcotráfico y el contrabando de armas.

Según un Informe de las Naciones Unidas de 2009, sobre el total de casos de trata denunciados en 52 países el 79% fue víctima de explotación sexual. Si se pretende combatir este negocio hay que declararlo delito de Lesa Humanidad, yendo contra los empresarios que ganan fortunas secuestrando y esclavizando mujeres y niñas (se calculan más de 600 secuestradas durante la “democracia”), desmantelando los prostíbulos y las redes, encarcelando a sus dueños y a todos los que los amparan y protegen, desde el gobierno, la justicia y la policía.

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